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Real Decreto 1216/2010, de 24 de septiembre, por el que se indulta a don Gora Nbeng.

BOE-A-2010-16058·21 de octubre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1216/2010, de fecha 24 de septiembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Gora Nbeng, quien fue condenado por un delito contra la propiedad intelectual por el Juzgado de lo Penal número 2 de Salamanca. El documento afecta directamente a don Gora Nbeng, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial español y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son las siguientes: Conmutación de la pena: La pena original de seis meses de prisión y doce meses de multa (con una cuota diaria de seis euros) se modifica. La pena de prisión había sido previamente sustituida por la expulsión del territorio nacional por un período de diez años. Nueva pena sustitutoria: Se conmutan las penas privativas de libertad y de multa pendientes por una pena de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que don Gora Nbeng no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese plazo, el indulto podría ser revocado. Fundamentación: La decisión de conceder el indulto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesta por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a don Gora Nbeng, sustituyendo su pena original por trabajos en beneficio de la comunidad, con la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo de dos años.

Visto el expediente de indulto de don Gora Nbeng, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Salamanca, en sentencia de 21 de mayo de 2009, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de seis meses de prisión y doce meses de multa con una cuota diaria de seis euros. Se sustituye la pena de seis meses de prisión impuesta por su expulsión del territorio nacional por un período de diez años, por hechos cometidos en el año 2007 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de septiembre de 2010,

Vengo en conmutar a don Gora Nbeng las penas privativas de libertad y de multa pendientes de cumplimiento por otra de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 24 de septiembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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