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Real Decreto 1222/2012, de 3 de agosto, por el que se concede el indulto parcial al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don José Luis Jaramillo Gamboa.

BOE-A-2012-11382·7 de septiembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 1222/2012, de 3 de agosto, emitido por el Rey Juan Carlos I de España. Su objeto principal es la concesión de un indulto parcial a José Luis Jaramillo Gamboa, un Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra. El documento afecta directamente a José Luis Jaramillo Gamboa, quien había sido condenado por el Tribunal Militar Territorial Primero por un delito de deserción, tipificado en el artículo 120 del Código Penal Militar, a una pena de dos años y cuatro meses de prisión, junto con la suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante ese periodo. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Concesión de Indulto Parcial: Se concede un indulto parcial a José Luis Jaramillo Gamboa respecto de la pena de prisión impuesta. Reducción de la Pena: La pena original de dos años y cuatro meses de prisión se reduce a seis meses de prisión, manteniendo las accesorias legales (suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo) durante esos seis meses. Fundamentación:** El indulto se concede tras la consideración de los informes del Tribunal Sentenciador, del Fiscal Jurídico Militar y del Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa, y a propuesta del Ministro de Defensa, previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, reduciendo la pena impuesta a un militar por un delito específico, basándose en consideraciones legales y de oportunidad.

Visto el expediente de indulto relativo al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don José Luis Jaramillo Gamboa, condenado por el Tribunal Militar Territorial Primero, con sede en Madrid, en las Diligencia Preparatorias número 12/99/06, como autor de un delito de «deserción», previsto y penado en el artículo 120 del Código Penal Militar, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión, con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, constando en el mismo los informes del Tribunal Sentenciador, del Fiscal Jurídico Militar y del Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de agosto de 2012,

Vengo en conceder al Soldado Militar Profesional de Tropa y Marinería del Ejército de Tierra don José Luis Jaramillo Gamboa, el indulto parcial respecto de la pena de prisión impuesta con sus accesorias legales, remitiendo la misma por la de seis meses de prisión con sus accesorias legales.

Dado en Madrid, el 3 de agosto de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Defensa,

PEDRO MORENÉS EULATE

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