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Real Decreto 1237/2010, de 1 de octubre, por el que se indulta a don Juan José Diliz Hortal.

BOE-A-2010-16061·21 de octubre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto parcial a Juan José Diliz Hortal, condenado por falsedad en documento oficial. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, condicionado a no cometer delito doloso en cuatro años. Afecta directamente al Sr. Diliz Hortal, modificando su condena.

Visto el expediente de indulto de don Juan José Diliz Hortal, condenado por el Juzgado de lo Penal número 5 de Bilbao, en sentencia de 22 de noviembre de 2005, como autor de un delito continuado de falsedad en documento oficial, a la pena de tres años de prisión y multa de doce meses con una cuota diaria de doce euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2001 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de octubre de 2010,

Vengo en conmutar a don Juan José Diliz Hortal la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 1 de octubre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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