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Real Decreto 124/2011, de 28 de enero, por el que se indulta a don Francisco de Borja Lastra Bonet.

BOE-A-2011-3211·18 de febrero de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 28 de enero de 2011. Su objeto principal es conmutar la pena de prisión impuesta a Francisco de Borja Lastra Bonet. El Real Decreto afecta directamente a Francisco de Borja Lastra Bonet, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Toledo por un delito contra la salud pública cometido en 2005. La sentencia original le impuso una pena de tres años de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo y una multa de 3.264 euros. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años. Esto significa que Francisco de Borja Lastra Bonet deberá cumplir dos años de prisión en lugar de los tres inicialmente impuestos. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Francisco de Borja Lastra Bonet no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso durante este período, la conmutación quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación:** El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Francisco de Borja Lastra Bonet, reduciendo su pena de prisión a cambio de un buen comportamiento durante un período de prueba.

Visto el expediente de indulto de don Francisco de Borja Lastra Bonet, condenado por la Audiencia Provincial de Toledo, sección primera, en sentencia de 28 de octubre de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante todo el tiempo de la condena y multa de 3.264 euros, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de enero de 2011,

Vengo en conmutar a don Francisco de Borja Lastra Bonet la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 28 de enero de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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