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Real Decreto 1275/2010, de 8 de octubre, por el que se indulta a doña Magdalena Adedeji.

BOE-A-2010-16375·26 de octubre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1275/2010, de 8 de octubre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Magdalena Adedeji, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito contra la salud pública cometido en 2006. El Real Decreto afecta directamente a doña Magdalena Adedeji, la persona indultada. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años y seis meses de prisión impuesta a Magdalena Adedeji por una pena de dos años de prisión. Esto significa que la pena original se reduce a una pena menor. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Magdalena Adedeji no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que implica que se ha evaluado la situación particular de la condenada y las circunstancias del delito. Aprobación: El Real Decreto ha sido propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que le confiere validez legal. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

Visto el expediente de indulto de doña Magdalena Adedeji, condenada por la Audiencia Provincial, Sección Tercera, de Barcelona, en sentencia de 27 de septiembre de 2007, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y seis meses de prisión y 500 euros de multa, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de octubre de 2010,

Vengo en conmutar a doña Magdalena Adedeji la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de octubre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.