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Real Decreto 1277/2010, de 8 de octubre, por el que se indulta a don Alfonso Silva Bibian.

BOE-A-2010-16377·26 de octubre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Alfonso Silva Bibian, reduciendo en un año la pena de prisión impuesta por un delito de robo con intimidación. El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa un nuevo delito doloso en un plazo de tres años. La medida se adopta tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal.

Visto el expediente de indulto de don Alfonso Silva Bibian, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Terrassa, en sentencia de 19 de diciembre de 2003, como autor de un delito de robo con intimidación con uso de arma, a la pena de tres años y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2003 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de octubre de 2010,

Vengo en indultar a don Alfonso Silva Bibian un año de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de octubre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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