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Real Decreto 128/2011, de 28 de enero, por el que se indulta a don Guillermo Rodríguez Rubio.

BOE-A-2011-3215·18 de febrero de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Guillermo Rodríguez Rubio, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, supeditada a no cometer un nuevo delito doloso en cuatro años. Afecta directamente al Sr. Rodríguez Rubio, modificando las condiciones de su condena.

Visto el expediente de indulto de don Guillermo Rodríguez Rubio, condenado por la Audiencia Provincial de Toledo, sección primera, en sentencia de 28 de octubre de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante todo el tiempo de la condena y multa de 3.264 euros, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de enero de 2011,

Vengo en conmutar a don Guillermo Rodríguez Rubio la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 28 de enero de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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