Visto el expediente de indulto de don Miguel Escudero Arias-Dávila, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimosexta, en sentencia de 24 de mayo de 2010, como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso con un delito continuado de estafa agravada, a la pena de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y cinco meses de multa con una cuota diaria de veinte euros, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de agosto de 2012,
Vengo en indultar a don Miguel Escudero Arias-Dávila seis meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 31 de agosto de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ