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Real Decreto 1304/2010, de 15 de octubre, por el que se indulta a doña Alia Dadi Amar.

BOE-A-2010-16913·4 de noviembre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1304/2010, de 15 de octubre. Su objeto principal es conceder el indulto a Doña Alia Dadi Amar, respecto de las penas de multa pendientes de cumplimiento impuestas por el Juzgado de lo Penal número 3 de Algeciras. Estas penas derivan de una condena por un delito contra la salud pública cometido en 1998. Originalmente, la condena incluía una pena de prisión que fue posteriormente sustituida por una multa. El Real Decreto afecta directamente a Doña Alia Dadi Amar, liberándola del pago de las multas pendientes. También afecta indirectamente al sistema judicial, al extinguir la obligación de la condenada de cumplir con la pena impuesta. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del Indulto: Se indultan las penas de multa pendientes de cumplimiento impuestas a Doña Alia Dadi Amar. Condición Resolutoria: El indulto está condicionado a que la beneficiaria no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si Doña Alia Dadi Amar comete un delito doloso en ese período, el indulto podría ser revocado y las penas originales podrían ser restablecidas. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

Visto el expediente de indulto de doña Alia Dadi Amar, condenada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Algeciras, en sentencia de 8 de mayo de 2000, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de un año y cuatro meses de prisión y 90.000 pesetas de multa. Por Auto de 30/07/2001, se sustituye la pena privativa de libertad por la de multa de dos años y ocho meses con una cuota diaria de 1.000 pesetas, por hechos cometidos en el año 1998 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de octubre de 2010,

Vengo en indultar a doña Alia Dadi Amar ambas penas de multa pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 15 de octubre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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