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Real Decreto 1309/2012, de 7 de septiembre, por el que se indulta a don Víctor Manuel Suárez Santana.

BOE-A-2012-12058·26 de septiembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1309/2012, de 7 de septiembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Víctor Manuel Suárez Santana, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Las Palmas de Gran Canaria por un delito de apropiación indebida cometido en 2005. El Real Decreto afecta directamente a Víctor Manuel Suárez Santana, el condenado, y, de manera indirecta, a la administración de justicia, al Tribunal sentenciador y al Ministerio Fiscal, que emitieron informes sobre el caso. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento (dos años de prisión) por 30 días de trabajo en beneficio de la comunidad. Esto significa que Víctor Manuel Suárez Santana no cumplirá la pena de prisión, sino que realizará trabajos comunitarios. Condiciones del indulto: El indulto está sujeto a dos condiciones: Que el condenado abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador. Que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del Real Decreto. Si incumple cualquiera de estas condiciones, el indulto podría ser revocado. El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, y aprobado por el Consejo de Ministros, siendo firmado por el Rey Juan Carlos I.

Visto el expediente de indulto de don Víctor Manuel Suárez Santana, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Las Palmas de Gran Canaria, en sentencia de 6 de noviembre de 2008, como autor de un delito de apropiación indebida, a la pena de dos años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de septiembre de 2012,

Vengo en conmutar a don Víctor Manuel Suárez Santana la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 30 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 7 de septiembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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