decretoVigente

Real Decreto 1322/2012, de 14 de septiembre, por el que se indulta a don Francisco José Martínez de la Fuente.

BOE-A-2012-12509·6 de octubre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el 1322/2012, emitido el 14 de septiembre de 2012. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Francisco José Martínez de la Fuente, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Valladolid por un delito de lesiones cometido en 2005. El Real Decreto afecta directamente a Francisco José Martínez de la Fuente, el beneficiario del indulto, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la víctima del delito original. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena de prisión pendiente de cumplimiento (dos años) se conmuta por 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad. Esto significa que en lugar de cumplir la pena de cárcel, el Sr. Martínez de la Fuente deberá realizar trabajos comunitarios. Condiciones del indulto: El indulto está sujeto a dos condiciones: Pago de responsabilidades civiles: El Sr. Martínez de la Fuente debe abonar las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia original en el plazo que determine el Tribunal sentenciador. No reincidencia: No debe cometer ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si incumple alguna de estas condiciones, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena de prisión original. El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. En esencia, el documento representa un acto de clemencia del Estado, modificando la sentencia original bajo ciertas condiciones específicas.

Visto el expediente de indulto de don Francisco José Martínez de la Fuente, condenado por la Audiencia Provincial de Valladolid, sección segunda, en sentencia de 7 de mayo de 2009, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial durante igual tiempo para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de septiembre de 2012,

Vengo en conmutar a don Francisco José Martínez de la Fuente la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 14 de septiembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.