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Real Decreto 1323/2012, de 14 de septiembre, por el que se indulta a don Isidro Moreno Sánchez.

BOE-A-2012-12510·6 de octubre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1323/2012, de 14 de septiembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Isidro Moreno Sánchez, reduciendo su pena de prisión. El documento afecta directamente a Isidro Moreno Sánchez, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Valencia por un delito contra la salud pública cometido en 2005. La sentencia original le impuso una pena de tres años de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo durante la condena y una multa de 12.000 euros. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Concesión de indulto parcial: Se le indulta un año de la pena privativa de libertad impuesta a Isidro Moreno Sánchez. Esto significa que, en lugar de cumplir tres años de prisión, deberá cumplir dos (si no ha cumplido nada aún). Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Isidro Moreno Sánchez no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto será revocado y deberá cumplir el año de prisión que se le había indultado. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Esto implica que se han evaluado las circunstancias del caso antes de tomar la decisión de conceder el indulto. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le otorga validez legal.

Visto el expediente de indulto de don Isidro Moreno Sánchez, condenado por la Audiencia Provincial de Valencia, sección segunda, en sentencia de 18 de noviembre de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 12.000 euros, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de septiembre de 2012,

Vengo en indultar a don Isidro Moreno Sánchez un año de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 14 de septiembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.