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Real Decreto 1338/2009, de 31 de julio, por el que se indulta a don Eugenio Brea Benito.

BOE-A-2009-14383·9 de septiembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Eugenio Brea Benito, condenado por intento de homicidio. Se conmuta la pena de prisión de cinco años por otra de dos años, condicionado al pago de responsabilidades civiles y a no delinquir dolosamente en seis años. Afecta directamente al condenado.

Visto el expediente de indulto de don Eugenio Brea Benito, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimoséptima, en sentencia de 13 de febrero de 2007, como autor de un delito de homicidio intentado, a la pena de cinco años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de julio de 2009,

Vengo en conmutar a don Eugenio Brea Benito la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.

Dado en el Consulado Honorario de España en Funchal, el 31 de julio de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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