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Real Decreto 1341/2009, de 31 de julio, por el que se indulta a don Eduardo Cosías Plaza.

BOE-A-2009-14386·9 de septiembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el 1341/2009, emitido el 31 de julio de 2009. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Eduardo Cosías Plaza, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito de lesiones con resultado de deformidad cometido en 2002. El Real Decreto afecta directamente a Eduardo Cosías Plaza, modificando su condena original. Inicialmente, fue sentenciado a cuatro años de prisión e inhabilitación especial para el sufragio pasivo. La disposición más relevante del Real Decreto es la conmutación de la pena privativa de libertad de cuatro años por otra de dos años de prisión. Sin embargo, esta conmutación está sujeta a una condición suspensiva: Eduardo Cosías Plaza no debe cometer ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si incumple esta condición, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Fue firmado por el Rey Juan Carlos I en el Consulado Honorario de España en Funchal y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el documento representa un acto de clemencia del Estado, reduciendo la pena de prisión de un individuo condenado, pero estableciendo un período de prueba para asegurar su buen comportamiento futuro.

Visto el expediente de indulto de don Eduardo Cosías Plaza, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección vigésima tercera, en sentencia de 10 de mayo de 2007, como autor de un delito de lesiones con resultado de deformidad, a la pena de cuatro años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de julio de 2009,

Vengo en conmutar a don Eduardo Cosías Plaza la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en el Consulado Honorario de España en Funchal, el 31 de julio de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.