Visto el expediente de indulto de don José Luis Cuervo Calvo, condenado por el Tribunal Supremo Sala Segunda de lo Penal de Madrid, en sentencia de 21 de julio de 2006, como autor de un delito de estafa en concurso con un delito de falsedad en documento mercantil, a dos penas de nueve meses de prisión menor y multa de 250.000 pesetas, de un delito continuado de estafa en concurso con un delito de falsedad en documento mercantil, a dos penas de nueve meses de prisión menor y multa de 250.000 pesetas, y de un delito de apropiación indebida en concurso con un delito de falsedad en documento mercantil, a dos penas de nueve meses de prisión menor y multa de 250.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de las condenas, por hechos cometidos durante los años 1992-1995, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de octubre de 2007,
Vengo en conmutar a don José Luis Cuervo Calvo las penas privativas de libertad impuestas por otra de un año de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 11 de octubre de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO