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Real Decreto 1348/2009, de 31 de julio, por el que se indulta a don Miguel Martín López.

BOE-A-2009-14393·9 de septiembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1348/2009, de 31 de julio. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Don Miguel Martín López, reduciendo su pena privativa de libertad. El indulto afecta directamente a Miguel Martín López, quien fue condenado por la Audiencia Provincial Sección Sexta de Madrid por un delito contra la salud pública cometido en 2005. La sentencia original le impuso una pena de nueve años y un día de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo y una multa de 1.600 euros. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Se indulta parcialmente a Miguel Martín López, reduciendo en cuatro meses la pena de prisión impuesta. El indulto está condicionado a que Miguel Martín López no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto será revocado y deberá cumplir la totalidad de la pena original. El Real Decreto fue emitido a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. El documento está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. El lugar de emisión del documento es el Consulado Honorario de España en Funchal.

Visto el expediente de indulto de don Miguel Martín López, condenado por la Audiencia Provincial Sección Sexta de Madrid, en sentencia de 7 de marzo de 2006, como autor de un delito contra la salud pública, cometido en establecimiento público por el responsable del mismo, a la pena de nueve años y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 1.600 euros, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de julio de 2009,

Vengo en indultar a don Miguel Martín López cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en el Consulado Honorario de España en Funchal, el 31 de julio de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.