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Real Decreto 1349/2009, de 31 de julio, por el que se indulta a don Graucio Gabriel Matía Lopes.

BOE-A-2009-14394·9 de septiembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Graucio Gabriel Matía Lopes, condenado por secuestro, detención ilegal y lesiones. El indulto reduce en cuatro meses las penas de prisión impuestas, condicionado a no cometer delito doloso en cuatro años. Afecta directamente al Sr. Matía Lopes, modificando su condena.

Visto el expediente de indulto de don Graucio Gabriel Matía Lopes, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección quinta, en sentencia de 23 de abril de 2003, como autor de dos delitos de secuestro, a la pena de seis años de prisión por cada delito, con las accesorias de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena; un delito de detención ilegal, a la pena de cuatro años de prisión y de dos delitos de lesiones, a la pena de multa de tres meses con una cuota diaria de cinco euros por cada delito, por hechos cometidos en el año 1998, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de julio de 2009,

Vengo en indultar a don Graucio Gabriel Matía Lopes cuatro meses de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en el Consulado Honorario de España en Funchal, el 31 de julio de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.