decretoVigente

Real Decreto 1388/2012, de 27 de septiembre, por el que se indulta a don Jesús Ruyman Ventura Martín.

BOE-A-2012-12796·12 de octubre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto emitido por el Gobierno de España, específicamente el Real Decreto 1388/2012, de 27 de septiembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Jesús Ruyman Ventura Martín, quien fue condenado por un delito contra la salud pública. La condena original incluía una pena de cuatro años de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo y una multa de 240.000 euros. El indulto afecta directamente a Jesús Ruyman Ventura Martín, modificando su pena privativa de libertad. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de prisión de cuatro años por otra de dos años. Condiciones del indulto: La conmutación está condicionada a que el indultado continúe el tratamiento de rehabilitación que ha iniciado hasta alcanzar la total recuperación y a que no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del decreto. El incumplimiento de estas condiciones podría revocar el indulto. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Proceso: El Real Decreto se emite a propuesta del Ministro de Justicia y tras la deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial condicionado a un individuo condenado por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión y estableciendo condiciones para su mantenimiento.

Visto el expediente de indulto de don Jesús Ruyman Ventura Martín, condenado por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, sección segunda, en sentencia de 22 de junio de 2011, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 7 de Santa Cruz de Tenerife, con sede en Santa Cruz de la Palma, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 240.000 euros, por hechos cometidos en el año 2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de septiembre de 2012,

Vengo en conmutar a don Jesús Ruyman Ventura Martín la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 27 de septiembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.