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Real Decreto 1402/2009, de 28 de agosto, por el que se indulta a don Miguel Ángel Gómez González.

BOE-A-2009-15209·25 de septiembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Miguel Ángel Gómez González, condenado por robo de uso de vehículos. Se le reduce la pena de prisión en cuatro meses, supeditado a no cometer un nuevo delito doloso en cuatro años. Afecta directamente al Sr. Gómez González, permitiéndole salir antes de prisión bajo la condición mencionada.

Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel Gómez González, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Madrid, en sentencia de 7 de enero de 2004, como autor de un delito de robo de uso de vehículos, a la pena de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de agosto de 2009,

Vengo en indultar a don Miguel Ángel Gómez González cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Palma de Mallorca, el 28 de agosto de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.