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Real Decreto 1406/2012, de 5 de octubre, por el que se indulta a don Sergio Mochón González-Escalada.

BOE-A-2012-13010·19 de octubre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1406/2012, de 5 de octubre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Sergio Mochón González-Escalada, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla por un delito de lesiones causante de deformidad. El indulto consiste en la conmutación de la pena de prisión impuesta. El decreto afecta directamente a Sergio Mochón González-Escalada, el condenado, y, de manera indirecta, a la víctima del delito y a la administración de justicia. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena de tres años de prisión impuesta a Sergio Mochón González-Escalada se conmuta por una pena de dos años de prisión. Subsistencia de otras penas: Se mantienen vigentes el resto de las penas impuestas en la sentencia original, incluyendo la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, la prohibición de acercarse a la víctima y la prohibición de comunicarse con ella. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Sergio Mochón González-Escalada no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado, reduciendo su pena de prisión, pero manteniendo otras restricciones y estableciendo una condición para que el indulto sea definitivo.

Visto el expediente de indulto de don Sergio Mochón González-Escalada, condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla, sección primera, en sentencia de 29 de octubre de 2010, como autor de un delito de lesiones causante de deformidad, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, prohibición de acercarse a la víctima a su domicilio o a su lugar de trabajo por un plazo de cinco años, así como comunicar por cualquier medio durante igual período, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de octubre de 2012,

Vengo en conmutar a don Sergio Mochón González-Escalada la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 5 de octubre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.