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Real Decreto 1407/2012, de 5 de octubre, por el que se indulta a don Manuel Murillo Martínez.

BOE-A-2012-13011·19 de octubre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1407/2012, de fecha 5 de octubre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Manuel Murillo Martínez, reduciendo en un año la pena privativa de libertad que le fue impuesta. El afectado directo por este Real Decreto es don Manuel Murillo Martínez, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Lugo por un delito de robo con violencia e intimidación en las personas con uso de instrumento peligroso, cometido en 2010. La sentencia le impuso una pena de cuatro años y cuatro meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Las disposiciones más relevantes son: Se concede un indulto parcial, reduciendo la pena privativa de libertad en un año. El indulto está condicionado a que don Manuel Murillo Martínez no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado. El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. El documento está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. En resumen, el Real Decreto concede una segunda oportunidad a Manuel Murillo Martínez, reduciendo su condena, pero estableciendo una condición de buena conducta durante un período determinado.

Visto el expediente de indulto de don Manuel Murillo Martínez, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Lugo, en sentencia de 28 de junio de 2011, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación en las personas con uso de instrumento peligroso, a la pena de cuatro años y cuatro meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de octubre de 2012,

Vengo en indultar a don Manuel Murillo Martínez un año de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 5 de octubre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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