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Real Decreto 1411/2012, de 5 de octubre, por el que se indulta a don Juan Paisano Moya.

BOE-A-2012-13015·19 de octubre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto a Juan Paisano Moya, condenado por delitos contra la salud pública y secuestro por la Audiencia Provincial de Barcelona. El indulto afecta a las penas de prisión pendientes de cumplimiento. Se condiciona el indulto a no cometer un nuevo delito doloso en un plazo de cinco años.

Visto el expediente de indulto de don Juan Paisano Moya, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección décima, en sentencia de 5 de junio de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 32.000 euros, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y un delito de secuestro, como cómplice del mismo, a la pena de dos años de prisión, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de octubre de 2012,

Vengo en indultar a don Juan Paisano Moya las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 5 de octubre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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