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Real Decreto 141/2019, de 8 de marzo, por el que se indulta a don José Luis García-Villaraco Sobrino.

BOE-A-2019-3460·11 de marzo de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 141/2019, de 8 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don José Luis García-Villaraco Sobrino, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Ciudad Real por un delito de lesiones. El indulto consiste en la conmutación de la pena privativa de libertad de dos años y tres meses de prisión impuesta originalmente, por otra de dos años de prisión. El Real Decreto afecta directamente a José Luis García-Villaraco Sobrino, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la víctima del delito. Las disposiciones más relevantes son: La concesión del indulto parcial: Se conmuta la pena de prisión original por una pena menor de dos años. La condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. La justificación del indulto: Se menciona que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y que, atendiendo a las circunstancias del condenado y a la información del expediente, concurren razones de justicia y equidad para conceder el indulto. La firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Felipe VI y refrendado por la Ministra de Justicia, Dolores Delgado García, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto 141/2019 concede un indulto parcial a un condenado por lesiones, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado. La decisión se basa en razones de justicia y equidad, considerando las circunstancias del condenado.

Visto el expediente de indulto de don José Luis García-Villaraco Sobrino, condenado por la Audiencia Provincial de Ciudad Real, sección segunda, en sentencia de 22 de mayo de 2013, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años y tres meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de marzo de 2019,

Vengo en conmutar a don José Luis García-Villaraco Sobrino la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de marzo de 2019.

FELIPE R.

La Ministra de Justicia,

DOLORES DELGADO GARCÍA

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