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Real Decreto 1413/2012, de 5 de octubre, por el que se concede el indulto parcial al Soldado del Cuerpo General del Ejército de Tierra don Jonatan Alameda Heredia.

BOE-A-2012-13188·24 de octubre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto parcial, específicamente el Real Decreto 1413/2012, de 5 de octubre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Jonatan Alameda Heredia, Soldado del Cuerpo General del Ejército de Tierra, quien fue condenado por un delito de deserción, tipificado en el artículo 120 del Código Penal Militar, a una pena de dos años y cuatro meses de prisión, junto con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo. El decreto afecta directamente a Jonatan Alameda Heredia, modificando su condena original. También afecta indirectamente al sistema judicial militar y al Ministerio de Defensa, que fueron parte del proceso de evaluación del indulto. Las disposiciones más relevantes son: Se concede el indulto parcial a Jonatan Alameda Heredia. La pena de prisión original de dos años y cuatro meses se reduce a seis meses de prisión, manteniendo las accesorias legales (suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo) durante este período reducido. El decreto se basa en los informes del Tribunal Sentenciador, del Fiscal Jurídico Militar y del Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa. El indulto fue propuesto por el Ministro de Defensa y aprobado por el Consejo de Ministros. El decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate. En esencia, el Real Decreto reduce la pena de prisión impuesta al soldado Alameda Heredia, pero no elimina completamente la condena ni sus consecuencias legales accesorias.

Visto el expediente de indulto relativo al Soldado del Cuerpo General del Ejército de Tierra don Jonatan Alameda Heredia, condenado por el Tribunal Militar Territorial Segundo, con sede en Sevilla, en las Diligencias Preparatorias número 22/23/08, como autor de un delito de «deserción», previsto y penado en el artículo 120 del Código Penal Militar, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión, con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, constando en el mismo los informes del Tribunal Sentenciador, del Fiscal Jurídico Militar y del Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de octubre de 2012,

Vengo en conceder al Soldado del Cuerpo General del Ejército de Tierra don Jonatan Alameda Heredia el indulto parcial respecto de la pena de prisión impuesta con sus accesorias legales, remitiendo la misma por la de seis meses de prisión con sus accesorias legales.

Dado en Madrid, el 5 de octubre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Defensa,

PEDRO MORENÉS EULATE

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