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Real Decreto 1416/2009, de 4 de septiembre, por el que se indulta a don Roberto Ferreira Vizoso.

BOE-A-2009-15287·26 de septiembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1416/2009, de fecha 4 de septiembre de 2009. El objeto principal del Real Decreto es conceder un indulto parcial a Roberto Ferreira Vizoso, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cartagena por un delito de robo con fuerza en grado de tentativa cometido en el año 2000. La sentencia, dictada el 10 de julio de 2003, le impuso una pena de seis meses de prisión, junto con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. El Real Decreto afecta directamente a Roberto Ferreira Vizoso, el beneficiario del indulto. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento (seis meses de prisión) por una pena de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Condiciones del indulto: El indulto está condicionado a dos factores: Que el indultado no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación. Que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del Real Decreto. El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. La decisión de conceder el indulto se tomó tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y previa deliberación del Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Roberto Ferreira Vizoso, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cartagena, en sentencia de 10 de julio de 2003, como autor de un delito de robo con fuerza en grado de tentativa, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de septiembre de 2009,

Vengo en conmutar a don Roberto Ferreira Vizoso la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 4 de septiembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.