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Real Decreto 1420/2009, de 4 de septiembre, por el que se indulta a don José María Gómez Cozar.

BOE-A-2009-15291·26 de septiembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a José María Gómez Cozar, condenado por un delito contra la salud pública. Se le indultan tres años de la pena de prisión impuesta, condicionado a no cometer un nuevo delito doloso en un plazo de siete años. Afecta directamente al Sr. Gómez Cozar, modificando su condena original.

Visto el expediente de indulto de don José María Gómez Cozar, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimoséptima, en sentencia de 16 de abril de 2007, como autor de un delito consumado contra la salud pública, en cuantía de notoria importancia, a la pena de nueve años y un día de prisión y multa de 370.241,97 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de septiembre de 2009,

Vengo en indultar a don José María Gómez Cozar tres años de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de siete años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 4 de septiembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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