Visto el expediente de indulto de don Abraham Solbes Correa, condenado por el Juzgado de lo Penal número 5 de Alicante, en sentencia de 8 de noviembre de 2006, como autor de un delito de lesiones, a la pena de un año y seis meses de prisión; y de un delito de lesiones, a la pena de un año y nueve meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de septiembre de 2009,
Vengo en conmutar a don Abraham Solbes Correa las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador, a que se someta a tratamiento de su adicción hasta su total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 4 de septiembre de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ