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Real Decreto 1469/2012, de 19 de octubre, por el que se indulta a don Juan Gutiérrez Reyes.

BOE-A-2012-13785·7 de noviembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1469/2012, de 19 de octubre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Juan Gutiérrez Reyes, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla por un delito de lesiones cometido en 2008. El Real Decreto afecta directamente a Juan Gutiérrez Reyes, el condenado, y, de forma indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta a Juan Gutiérrez Reyes por otra de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la duración de la pena privativa de libertad. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Juan Gutiérrez Reyes no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, la conmutación de la pena podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que implica que se ha evaluado la situación del condenado y las circunstancias del delito. Autoridad: El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le confiere validez legal. Además, se indica que fue deliberado por el Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado por lesiones, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de don Juan Gutiérrez Reyes, condenado por el Juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla, en sentencia de 14 de febrero de 2011, como autor de un delito de lesiones a la pena de tres años de prisión y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de octubre de 2012,

Vengo en conmutar a don Juan Gutiérrez Reyes la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 19 de octubre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.