decretoVigente

Real Decreto 1484/2009, de 18 de septiembre, por el que se indulta a don Arkaitz Sáez Roa.

BOE-A-2009-15990·7 de octubre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1484/2009, emitido el 18 de septiembre de 2009. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Arkaitz Sáez Roa, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Álava por un delito de lesiones con pérdida de miembro no principal y una falta de daños. El decreto afecta directamente a Arkaitz Sáez Roa, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta por el delito de lesiones por una pena de dos años de prisión y 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad. La multa por la falta de daños parece mantenerse. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Arkaitz Sáez Roa no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese periodo, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. Firma y refrendo:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Arkaitz Sáez Roa, reduciendo su pena de prisión y sustituyéndola parcialmente por trabajos comunitarios, pero condicionando esta clemencia a su buen comportamiento futuro.

Visto el expediente de indulto de don Arkaitz Sáez Roa, condenado por la Audiencia Provincial sección segunda de Álava, en sentencia de 10 de septiembre de 2007, como autor de un delito de lesiones de pérdida de miembro no principal, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación absoluta para el derecho de sufragio durante el tiempo de condena; y de una falta de daños a la pena de multa de 90 euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de septiembre de 2009,

Vengo en conmutar a don Arkaitz Sáez Roa la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión y 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 18 de septiembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.