decretoVigente

Real Decreto 1489/2007, de 2 de noviembre, por el que se indulta a don Augusto César Vargas Vicente.

BOE-A-2007-20253·24 de noviembre de 2007·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto 1489/2007, de 2 de noviembre, por el que se indulta a don Augusto César Vargas Vicente.

Visto el expediente de indulto de don Augusto César Vargas Vicente, tramitado por la Audiencia Nacional, Sección Primera, Sala de lo Penal y condenado por el Tribunal Provincial Popular de la Ciudad de la Habana (Cuba), en sentencia de fecha 7 de julio de 2003, como autor un delito de tráfico de drogas a la pena de 20 años de prisión, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de noviembre de 2007,

Vengo en conmutar la pena privativa de libertad impuesta por otra de 10 años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en plazo de 10 años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 2 de noviembre de 2007.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.