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Real Decreto 1511/2011, de 24 de octubre, por el que se indulta a doña Maria Luisa Artiel Castillo.

BOE-A-2011-18485·24 de noviembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1511/2011, de 24 de octubre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Maria Luisa Artiel Castillo, condenada por un delito contra la salud pública. El decreto afecta directamente a Maria Luisa Artiel Castillo, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Cádiz. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, quienes emitieron informes considerados en la decisión del indulto. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta a Maria Luisa Artiel Castillo por otra de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la duración de su encarcelamiento. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Maria Luisa Artiel Castillo no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la pena original de tres años podría ser restablecida. Fundamentación: El indulto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, aunque no se especifican los motivos concretos que justifican la concesión del indulto. Aprobación: El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a una persona condenada por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de doña Maria Luisa Artiel Castillo, condenada por la Audiencia Provincial de Cádiz, sección tercera, en sentencia de 17 de julio de 2007, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 258 euros e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de octubre de 2011,

Vengo en conmutar a doña Maria Luisa Artiel Castillo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 24 de octubre de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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