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Real Decreto 1516/2012, de 2 de noviembre, por el que se indulta a don Enekoitz Garay Urrutia.

BOE-A-2012-14143·16 de noviembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto a Enekoitz Garay Urrutia, condenado por un delito de lesiones. La medida afecta directamente al Sr. Garay Urrutia. Se conmuta la pena de prisión pendiente por 30 días de trabajo comunitario, condicionado a no cometer un nuevo delito doloso en dos años.

Visto el expediente de indulto de don Enekoitz Garay Urrutia, condenado por la Audiencia Provincial de Bizkaia, sección segunda, en sentencia de 17 de septiembre de 2008, como autor de un delito de lesiones a la pena de 18 meses de prisión y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de noviembre de 2012,

Vengo en conmutar a don Enekoitz Garay Urrutia la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 30 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 2 de noviembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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