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Real Decreto 15/2009, de 9 de enero, por el que se indulta a don Antonio Regada Torremorell.

BOE-A-2009-2197·9 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 15/2009, de fecha 9 de enero. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Don Antonio Regada Torremorell, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Lleida por delitos contra la salud pública y tenencia ilícita de armas. El Real Decreto afecta directamente a Antonio Regada Torremorell, modificando su condena original. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad original (tres años y seis meses por delito contra la salud pública y cuatro meses por tenencia ilícita de armas) por una pena de dos años de prisión. Es decir, se reduce la cantidad de tiempo que el individuo debe pasar en prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Antonio Regada Torremorell no cometa ningún delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este periodo, el indulto quedaría sin efecto y debería cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se han considerado las circunstancias del caso y la opinión de las autoridades judiciales relevantes. Aprobación: El indulto ha sido propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que indica que ha seguido el procedimiento legal establecido para la concesión de indultos. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto 15/2009 concede un indulto parcial a Antonio Regada Torremorell, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no cometer nuevos delitos dolosos en un plazo de cinco años.

Visto el expediente de indulto de don Antonio Regada Torremorell, condenado por la Audiencia Provincial de Lleida, sección primera, en sentencia de 1 de febrero de 2007, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y seis meses de prisión y multa de 2.000 euros, y de un delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de cuatro meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de enero de 2009,

Vengo en conmutar a don Antonio Regada Torremorell las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 9 de enero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

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