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Real Decreto 152/2018, de 16 de marzo, por el que se indulta a don Ignacio de la Calle Pardo.

BOE-A-2018-4069·23 de marzo de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 152/2018, de 16 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Ignacio de la Calle Pardo, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Badajoz por un delito de tráfico de drogas cometido en 2003. El Real Decreto afecta directamente a Ignacio de la Calle Pardo, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta a Ignacio de la Calle Pardo por una pena de dos años de prisión. Esto significa que se reduce la duración de la pena privativa de libertad. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Ignacio de la Calle Pardo no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un delito doloso en ese período, la conmutación de la pena quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se concede atendiendo a las circunstancias del condenado y a la información contenida en el expediente, considerando que concurren razones de justicia y equidad. Se han tenido en cuenta los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Proceso: El indulto se concede a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Felipe VI y refrendado por el Ministro de Justicia, Rafael Catalá Polo. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado por tráfico de drogas, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado. La decisión se basa en razones de justicia y equidad, considerando las circunstancias del condenado y los informes judiciales pertinentes.

Visto el expediente de indulto de don Ignacio de la Calle Pardo, condenado por la Audiencia Provincial de Badajoz sección tercera, con sede en Mérida, en sentencia de 21 de junio de 2005, como autor de un delito de tráfico de drogas, a la pena de tres años de prisión, con inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante tal tiempo, y multa de 1.095,52 euros, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de marzo de 2018,

Vengo en conmutar a don Ignacio de la Calle Pardo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 16 de marzo de 2018.

FELIPE R.

El Ministro de Justicia,

RAFAEL CATALÁ POLO

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