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Real Decreto 1528/2009, de 2 de octubre, por el que se indulta a don Mamadou Alpha Bah.

BOE-A-2009-17038·27 de octubre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el 1528/2009, emitido el 2 de octubre de 2009. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Mamadou Alpha Bah, conmutando la pena de prisión que le fue impuesta por un delito contra la propiedad intelectual. El Real Decreto afecta directamente a Mamadou Alpha Bah, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Valencia a seis meses de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo y una multa. Las disposiciones más relevantes del documento son: Conmutación de la pena: La pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento se conmuta por 31 días de trabajo en beneficio de la comunidad. Esto significa que en lugar de ir a prisión, Mamadou Alpha Bah deberá realizar trabajos comunitarios durante ese período. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Mamadou Alpha Bah no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, el indulto podría ser revocado y se vería obligado a cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se han tenido en cuenta las circunstancias del caso y la situación personal del condenado. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Mamadou Alpha Bah, permitiéndole evitar la prisión a cambio de realizar trabajos comunitarios y no reincidir en un delito doloso en los próximos dos años.

Visto el expediente de indulto de don Mamadou Alpha Bah, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Valencia, en sentencia de 17 de abril de 2007, como autor de un delito contra la propiedad intelectual a la pena de seis meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 12 meses con una cuota diaria de tres euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de octubre de 2009,

Vengo en conmutar a don Mamadou Alpha Bah la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 31 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 2 de octubre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.