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Real Decreto 1539/2012, de 8 de noviembre, por el que se indulta a don Víctor Manuel Cuenca Arribas.

BOE-A-2012-14418·23 de noviembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1539/2012, de 8 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Víctor Manuel Cuenca Arribas, quien fue condenado por un delito contra el medio ambiente por el Juzgado de lo Penal número 1 de Zamora. El Real Decreto afecta directamente a Víctor Manuel Cuenca Arribas, modificando la pena impuesta por la sentencia judicial. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena de prisión: Se conmuta la pena original de dos años y tres meses de prisión por una pena de dos años de prisión. Mantenimiento de otras penas: Se mantienen el resto de las penas impuestas en la sentencia, incluyendo la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, la multa y la inhabilitación especial para su profesión. Condición suspensiva:** El indulto está condicionado a que Víctor Manuel Cuenca Arribas no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso durante este período, el indulto podría ser revocado. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial, reduciendo la pena de prisión impuesta a Víctor Manuel Cuenca Arribas, pero manteniendo otras sanciones y estableciendo una condición de buena conducta durante un período de tres años. El documento está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, y fue aprobado por el Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Víctor Manuel Cuenca Arribas, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Zamora, en sentencia de 23 de mayo de 2011, como autor de un delito contra el medio ambiente, a la pena de dos años y tres meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, diez meses de multa con una cuota diaria de cinco euros e inhabilitación especial para su profesión por tiempo de un año y seis meses, por hechos cometidos en los años 2003-2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de noviembre de 2012,

Vengo en conmutar a don Víctor Manuel Cuenca Arribas la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de noviembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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