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Real Decreto 1540/2012, de 8 de noviembre, por el que se indulta a doña Consuelo Gabarre Moreno.

BOE-A-2012-14419·23 de noviembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1540/2012, de 8 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Doña Consuelo Gabarre Moreno, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito contra la salud pública. El indulto consiste en la conmutación de la pena de prisión impuesta. El Real Decreto afecta directamente a Doña Consuelo Gabarre Moreno, la persona indultada. Indirectamente, afecta al sistema judicial y a la sociedad en general, al modificar la ejecución de una sentencia judicial. Las disposiciones más relevantes son: Identificación de la persona indultada: Se nombra a Doña Consuelo Gabarre Moreno y se especifica la sentencia condenatoria (Audiencia Provincial de Madrid, sección decimoséptima, sentencia de 14 de marzo de 2012) y el delito por el que fue condenada (delito contra la salud pública). Conmutación de la pena: La pena original de tres años de prisión se conmuta por una pena de un año y seis meses de prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Doña Consuelo Gabarre Moreno no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese plazo, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le otorga validez legal. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del poder ejecutivo que modifica la sentencia judicial original, reduciendo la pena de prisión impuesta a la persona indultada bajo la condición de no reincidencia.

Visto el expediente de indulto de doña Consuelo Gabarre Moreno, condenada por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimoséptima, en sentencia de 14 de marzo de 2012, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 50.000 euros e inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena, por hechos cometidos en el año 2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de noviembre de 2012,

Vengo en conmutar a doña Consuelo Gabarre Moreno la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año y seis meses de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de noviembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.