Visto el expediente de indulto de don Luis Armando Godoy Hernández, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimoquinta, en sentencia de 5 de noviembre de 2002, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de diez años de prisión, con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y multa de 1.600.000 euros, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de septiembre de 2008,
Vengo en indultar a don Luis Armando Godoy Hernández doce meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto
Dado en Madrid, el 12 de septiembre de 2008.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO