decretoVigente

Real Decreto 1573/2012, de 15 de noviembre, por el que se indulta a don Miguel Ángel Bustos Molina.

BOE-A-2012-14764·3 de diciembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1573/2012, de fecha 15 de noviembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Miguel Ángel Bustos Molina, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Málaga por un delito de lesiones cometido en 1998. El Real Decreto afecta directamente a Miguel Ángel Bustos Molina, el condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la víctima del delito. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de seis años de prisión impuesta a Miguel Ángel Bustos Molina por una pena reducida de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Miguel Ángel Bustos Molina no cometa ningún delito doloso en un plazo de seis años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación podría ser revocada y Bustos Molina tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto menciona que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal para tomar la decisión. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del poder ejecutivo que reduce la pena de prisión impuesta a un individuo, sujeto al cumplimiento de una condición de no reincidencia.

Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel Bustos Molina, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, sección tercera, en sentencia de 11 de julio de 2003, como autor de un delito de lesiones, a la pena de seis años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de noviembre de 2012,

Vengo en conmutar a don Miguel Ángel Bustos Molina la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 15 de noviembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.