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Real Decreto 158/2009, de 6 de febrero, por el que se indulta a don Jordi Olmedo Justicia.

BOE-A-2009-3373·27 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de Indulto, específicamente el Real Decreto 158/2009, de fecha 6 de febrero de 2009. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Jordi Olmedo Justicia, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito contra la salud pública cometido en 2003. La sentencia original le impuso una pena de tres años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y una multa de 730 euros. Este Real Decreto afecta directamente a Jordi Olmedo Justicia, modificando su condena original. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, quienes fueron consultados durante el proceso de indulto. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad de tres años de prisión impuesta originalmente por otra de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Jordi Olmedo Justicia no vuelva a cometer un delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese plazo, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, lo que le confiere validez legal. El documento indica que la decisión fue tomada tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y previa deliberación del Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Jordi Olmedo Justicia, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección séptima, en sentencia de 20 de octubre de 2006, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 730 euros, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de febrero de 2009,

Vengo en conmutar a don Jordi Olmedo Justicia la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 6 de febrero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.