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Real Decreto 158/2011, de 4 de febrero, por el que se indulta a don José Abellán Navarro.

BOE-A-2011-4007·2 de marzo de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto a José Abellán Navarro, condenado por un delito de estafa. Se conmuta la pena de prisión pendiente por una multa y trabajos en beneficio de la comunidad. El indulto está condicionado a no cometer un nuevo delito doloso en dos años.

Visto el expediente de indulto de don José Abellán Navarro, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Terrassa, en sentencia de 30 de noviembre de 2006, como autor de un delito de estafa, a la pena de un año de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998-1999 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de febrero de 2011,

Vengo en conmutar a don José Abellán Navarro la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de un año de multa que se satisfará en cuotas diarias de seis euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, y 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 4 de febrero de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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