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Real Decreto 159/2009, de 6 de febrero, por el que se indulta a don Servando Quintero Garrido.

BOE-A-2009-3374·27 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 159/2009, de fecha 6 de febrero. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Servando Quintero Garrido, quien fue condenado por un delito contra la salud pública. El indulto consiste en la conmutación de la pena privativa de libertad impuesta (tres años y 10 meses de prisión) por una pena menor de dos años de prisión. El Real Decreto afecta directamente a Servando Quintero Garrido, el beneficiario del indulto. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, ya que modifica la ejecución de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes son: La identificación del condenado: Se especifica el nombre completo del condenado, el delito por el que fue condenado (delito contra la salud pública), el tribunal que dictó la sentencia (Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo de Madrid), y la pena original impuesta (tres años y 10 meses de prisión y multa de 20 millones de euros, con inhabilitación especial para el sufragio pasivo). La conmutación de la pena: Se indica que la pena privativa de libertad original se conmuta por una pena de dos años de prisión. La condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de ese plazo, el indulto podría ser revocado. La justificación del indulto: Se menciona que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal antes de conceder el indulto. La autoridad que concede el indulto:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, lo que indica que la decisión fue tomada por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Justicia.

Visto el expediente de indulto de don Servando Quintero Garrido, condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo de Madrid, en sentencia de 3 de diciembre de 2007, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Huelva, sección primera, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y 10 meses de prisión y multa de 20 millones de euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de febrero de 2009,

Vengo en conmutar a don Servando Quintero Garrido la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 6 de febrero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

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