decretoVigente

Real Decreto 16/2009, de 9 de enero, por el que se indulta a don José Manuel Remacho Maldonado.

BOE-A-2009-2198·9 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 16/2009, de 9 de enero. Objeto principal: El objeto principal del decreto es conceder un indulto parcial a don José Manuel Remacho Maldonado, quien fue condenado por un delito de robo con intimidación y uso de arma. A quién afecta: El decreto afecta directamente a José Manuel Remacho Maldonado, el individuo condenado, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Disposiciones más relevantes: Conmutación de la pena: El decreto conmuta la pena privativa de libertad original de tres años de prisión impuesta a José Manuel Remacho Maldonado por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está sujeta a una condición suspensiva: que José Manuel Remacho Maldonado no cometa ningún delito doloso en el plazo de cuatro años a partir de la publicación del decreto. Si comete un delito doloso dentro de este período, el indulto se revoca y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El decreto menciona que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal para tomar la decisión. Proceso: El decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Firma:** El decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo. En resumen, el Real Decreto 16/2009 concede un indulto parcial a un individuo condenado por robo con intimidación, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo de cuatro años.

Visto el expediente de indulto de don José Manuel Remacho Maldonado, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Granada, en sentencia de 26 de febrero de 2008, como autor de un delito de robo con intimidación y uso de arma, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de enero de 2009,

Vengo en conmutar a don José Manuel Remacho Maldonado la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 9 de enero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.