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Real Decreto 1631/2012, de 30 de noviembre, por el que se indulta a don José González Mateo.

BOE-A-2012-15411·21 de diciembre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a José González Mateo, reduciendo en cuatro meses la pena de prisión impuesta por un delito de robo con intimidación. El indulto está condicionado a que no cometa un nuevo delito doloso en un plazo de tres años. Afecta directamente a la situación penal del Sr. González Mateo.

Visto el expediente de indulto de don José González Mateo, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Murcia, en sentencia de 12 de junio de 2006, como autor de un delito de robo con intimidación, a la pena de dos años y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 2012,

Vengo en indultar a don José González Mateo cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de noviembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.