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Real Decreto 1645/2009, de 30 de octubre, por el que indulta a don Abdelouahid Aghloutat.

BOE-A-2009-19362·3 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Abdelouahid Aghloutat, condenado por un delito de lesiones. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, siempre que no cometa un nuevo delito doloso en cuatro años. Afecta directamente al Sr. Aghloutat, modificando su condena original.

Visto el expediente de indulto de don Abdelouahid Aghloutat, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Figueras/Figueres, en sentencia de 27 de febrero de 2006, como autor de un delito de lesiones, a la pena de tres años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de octubre de 2009,

Vengo en conmutar a don Abdelouahid Aghloutat la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de octubre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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