decretoVigente

Real Decreto 1659/2009, de 30 de octubre, por el que se indulta a don Galo Raúl Quiroz Falconi.

BOE-A-2009-19376·3 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1659/2009, de 30 de octubre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Galo Raúl Quiroz Falconi, quien había sido condenado por un delito de robo tentado y un delito de lesiones. Originalmente, la pena privativa de libertad impuesta había sido sustituida por la expulsión del territorio nacional con prohibición de regresar por diez años. El indulto revoca esta pena de expulsión. El Real Decreto afecta directamente a Galo Raúl Quiroz Falconi, permitiéndole permanecer en España. También afecta indirectamente al sistema judicial, al modificar una sentencia previamente dictada. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indulta a Galo Raúl Quiroz Falconi de la pena de expulsión del territorio nacional. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un delito doloso en ese período, el indulto podría ser revocado. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el documento representa un acto de clemencia del poder ejecutivo, modificando una sentencia judicial en un caso particular, sujeto al cumplimiento de una condición específica.

Visto el expediente de indulto de don Galo Raúl Quiroz Falconi, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Lorca, en sentencia de 15 de diciembre de 2004, como autor de un delito de robo tentado, a la pena de un año de prisión y, de un delito de lesiones, a la pena de seis meses de prisión. Las penas privativas de libertad serán sustituidas por expulsión del territorio nacional con prohibición de regresar por tiempo de diez años, por hechos cometidos en el año 2002 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de octubre de 2009,

Vengo en indultar a don Galo Raúl Quiroz Falconi la pena de expulsión del territorio nacional, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de octubre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.