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Real Decreto 168/2013, de 1 de marzo, por el que se indulta a don Luis Gabriel Lucas.

BOE-A-2013-2890·16 de marzo de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto emitido por el Rey Juan Carlos I el 1 de marzo de 2013. Su objeto principal es conmutar la pena de prisión impuesta a don Luis Gabriel Lucas, condenado por la Audiencia Provincial de A Coruña por un delito contra la salud pública cometido en 2010. El Real Decreto afecta directamente a Luis Gabriel Lucas, quien había sido sentenciado a tres años de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo y una multa de 12.000 euros. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: La pena de tres años de prisión impuesta a Luis Gabriel Lucas se conmuta por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Luis Gabriel Lucas no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, la conmutación de la pena quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación:** El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Luis Gabriel Lucas, reduciendo su pena de prisión con la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de don Luis Gabriel Lucas, condenado por la Audiencia Provincial de A Coruña, sección segunda, en sentencia de 30 de noviembre de 2011, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 12.000 euros, por hechos cometidos en el año 2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de marzo de 2013,

Vengo en conmutar a don Luis Gabriel Lucas la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 1 de marzo de 2013.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.