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Real Decreto 1709/2012, de 21 de diciembre, por el que se indulta a doña Saray Borja Bargas.

BOE-A-2013-474·18 de enero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1709/2012, de 21 de diciembre. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña Saray Borja Bargas, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de A Coruña por un delito contra la salud pública cometido en 2005. El documento afecta directamente a Saray Borja Bargas, la persona indultada, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de prisión original de tres años y seis meses por una pena de dos años de prisión. Esto significa que la señora Borja Bargas deberá cumplir dos años de prisión en lugar de los tres años y medio inicialmente impuestos. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está sujeta a una condición: que no vuelva a cometer un delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si incumple esta condición, la pena original podría ser restablecida. Mantenimiento de la multa: El Real Decreto no menciona la multa de 28.368 euros, por lo que se entiende que esta se mantiene y debe ser pagada. Firma y fecha: El Real Decreto está firmado por el entonces Rey de España, Juan Carlos I, y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, con fecha 21 de diciembre de 2012. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Saray Borja Bargas, reduciendo su pena de prisión a condición de no reincidir en un delito doloso en los próximos cuatro años, pero manteniendo la obligación de pagar la multa impuesta.

Visto el expediente de indulto de doña Saray Borja Bargas, condenada por la Audiencia Provincial de A Coruña, sección segunda, en sentencia de 20 de enero de 2011, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y seis meses de prisión, multa de 28.368 euros, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de diciembre de 2012,

Vengo en conmutar a doña Saray Borja Bargas la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 21 de diciembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.