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Real Decreto 1710/2012, de 21 de diciembre, por el que se indulta a doña María del Carmen Borja Montoya.

BOE-A-2013-475·18 de enero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1710/2012, de 21 de diciembre. Su objeto principal es conmutar la pena de prisión impuesta a doña María del Carmen Borja Montoya. El Real Decreto afecta directamente a María del Carmen Borja Montoya, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de A Coruña por un delito contra la salud pública cometido en 2005. La sentencia original la condenó a tres años y seis meses de prisión, una multa de 27 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: La pena de prisión de tres años y seis meses se conmuta por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que María del Carmen Borja Montoya no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación podría ser revocada y la condenada tendría que cumplir la pena original. Fundamentación:** El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a María del Carmen Borja Montoya, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado. El documento refleja una decisión del poder ejecutivo, basada en informes judiciales y fiscales, de modificar una sentencia judicial firme.

Visto el expediente de indulto de doña María del Carmen Borja Montoya, condenada por la Audiencia Provincial de A Coruña, sección segunda, en sentencia de 20 de enero de 2011, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y seis meses de prisión y multa de 27 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de diciembre de 2012,

Vengo en conmutar a doña María del Carmen Borja Montoya la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 21 de diciembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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