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Real Decreto 17/2013, de 11 de enero, por el que se indulta a don José Rodríguez Duarte.

BOE-A-2013-780·26 de enero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 17/2013, emitido el 11 de enero de 2013. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don José Rodríguez Duarte, quien fue condenado por un delito de lesiones por el Juzgado de lo Penal número 3 de Vigo. La condena original consistía en seis meses de prisión e inhabilitación para el sufragio pasivo. El documento afecta directamente a José Rodríguez Duarte, el condenado, y al sistema judicial en cuanto a la ejecución de la sentencia original. Indirectamente, puede afectar a la víctima del delito de lesiones. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena de prisión pendiente de cumplimiento se conmuta por una pena de multa de seis meses, pagadera en cuotas diarias de dos euros. El Tribunal sentenciador determinará el inicio y la forma de cumplimiento de esta multa. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que José Rodríguez Duarte no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena de prisión original. Firma y Autoridad:** El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado por lesiones, sustituyendo la pena de prisión por una multa, bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de don José Rodríguez Duarte, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Vigo, en sentencia de 30 de abril de 2012, como autor de un delito de lesiones, a la pena de seis meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de enero de 2013,

Vengo en conmutar a don José Rodríguez Duarte la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de seis meses de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 11 de enero de 2013.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.